Cambios Reglamentarios y Normativos 2025 en el sector de la climatización y refrigeración

Reglamento de EcoDiseño, FGas, RSIF, EPBD, RITE… El sector de la Climatización y refrigeración vive un momento marcado por actualizaciones en diversos textos normativos claves para su futuro. En este artículo se analizan las novedades que se prevén en estos reglamentos a lo largo de este año.

Actualmente nos encontramos en un momento en el que se están produciendo cambios importantes en los Reglamentarios y Normativos que afectan al sector de la climatización y refrigeración, entre ellos: RSIF, Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas; FGas, Reglamento Europeo de Gases Fluorados; EPBD, Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios; Reglamento de EcoDiseño; Y RITE, Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

En este artículo vamos a analizar algunos de los puntos importantes donde se realizan las modificaciones:

KEYTER-2

Reglamento de Seguridad para Instalaciones Frigoríficas (RSIF)

El Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias va sufrir modificaciones encaminadas a:

  • Alinearse con las normativas europeas sobre refrigerantes y eficiencia energética, por lo que deberá actualizar sus requisitos técnicos.
  • Endurecimiento de las inspecciones periódicas para garantizar la seguridad de las instalaciones.
  • Ampliación de las exigencias en mantenimiento de instalaciones frigoríficas con protocolos más estrictos.
  • Criterios técnicos más estrictos para la incorporación de nuevos refrigerantes del grupo de seguridad A2L y A3.
  • Nuevas Certificaciones de los profesionales del sector sobre la manipulación de gases refrigerantes. Probablemente hasta seis categorías donde habrá especificidades para NH3, CO2…

Todo esto con el foco puesto en las instalaciones emergentes de R290 que han puesto de manifiesto que este Reglamento no estaba preparado para un uso extendido de refrigerantes A3.

Reglamento de Gases Fluorados de Efecto Invernadero (FGas)

El Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) nº 517/2014, ya ha sufrido modificaciones, recordemos:

Corrección de errores:

  • Corrección de errores del Reglamento (UE) 2024/573 (28/02/2024) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) n. o 517/2014.
  • Corrección de errores del Reglamento (UE) 2024/573 (17/12/2024) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) nº 517/2014.
  • Corrección de errores del Reglamento (UE) 2024/573 (24/03/2025) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) n. o 517/2014.

Reglamentos de ejecución:

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2195 (05/09/2024) de la Comisión, de 4 de septiembre de 2024, por el que se determina el formato para la transmisión de las notificaciones de datos a que se refiere el artículo 26 del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, y por el que se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) nº 1191/2014 de la Comisión.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2215 (09/09/2024) de la Comisión, de 6 de septiembre de 2024, por el que se establecen, de conformidad con el Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, los requisitos mínimos para la expedición de certificados a personas físicas y jurídicas…

Exenciones:

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2024/3122 (17/12/2024) de la Comisión, de 16 de diciembre de 2024, por la que se autoriza una exención con arreglo al Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al uso de gases fluorados de efecto invernadero con un PCG igual o superior a 150 en cajas de transporte de sangre y congeladores de choque de contacto de plasma sanguíneo.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2024/3120 (17/12/2024) de la Comisión, de 16 de diciembre de 2024, por el que se autoriza una exención con arreglo al Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo con respecto al uso de gases fluorados de efecto invernadero con un PCG igual o superior a 150 en congeladores criogénicos mecánicos (- 150°C).

Sin duda la lista crecerá en los próximos meses. Como ya he indicado varias veces, la FGas traía más preguntas que respuestas y poco a poco éstas se irán respondiendo.

Entendemos que las grandes modificaciones vendrán derivadas de las exenciones y moratorias que se deberán de imponer para no colapsar el sector. Si hacemos memoria, una de las primeras impresiones que sacamos todos los que analizamos la FGas fueron los cortísimos plazos de aplicación que imponía.

Otro punto muy fuerte a aclarar por la FGas es el de las Certificaciones de los profesionales, el tan comentado Artículo 10, que ya se atisba, pero aún no queda definido mediante la propuesta realizada por el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/2215 DE LA COMISIÓN de 6 de septiembre de 2024 donde se establecen los seis Certificados propuestos y sus temarios:

  • Certificado A1, que acredita que los titulares pueden llevar a cabo todas las actividades previstas en el artículo 2, apartado 1, en relación con los gases fluorados de efecto invernadero y los hidrocarburos.
  • Certificado A2, que acredita que los titulares pueden llevar a cabo todas las actividades previstas en el artículo 2, apartado 1, en relación con los gases fluorados de efecto invernadero y los hidrocarburos, limitadas a los aparatos con un tamaño de carga inferior a 3 kilogramos o, si se trata de sistemas sellados herméticamente y etiquetados como tales, que contengan menos de 6 kilogramos.
  • Certificado B, que acredita que los titulares pueden llevar a cabo todas las actividades previstas en el artículo 2, apartado 1, en relación con el dióxido de carbono (CO2).
  • Certificado C, que acredita que los titulares pueden llevar a cabo todas las actividades previstas en el artículo 2, apartado 1, en relación con el amoniaco (NH3).
  • Certificado D, que acredita que los titulares pueden llevar a cabo la actividad prevista en el artículo 2, apartado 1, letra d), en relación con los aparatos que contengan menos de 3 kilogramos de gases fluorados de efecto invernadero o, en el caso de los sistemas sellados herméticamente y etiquetados como tales, que contengan menos de 6 kilogramos de gases fluorados de efecto invernadero.
  • Certificado E, que acredita que los titulares pueden llevar a cabo la actividad prevista en el artículo 2, apartado 1, letra a), siempre que dicha actividad no implique acceder al circuito de refrigeración que contenga los gases fluorados de efecto invernadero enumerados en el anexo I y en el anexo II, sección 1, del Reglamento (UE) 2024/573.

Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD)

La Directiva (UE) 2024/1275 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, relativa a la eficiencia energética de los edificios aún no ha tenido segundas partes pero, sin duda, que estarán a la vuelta de la esquina.

En su Anexo I. Marco general común para el cálculo de la eficiencia energética de los edificios, ya indica la intención de unificar métodos entre los Estados Miembros.

Y yendo un poco más allá, la actualización, mucho más que necesaria, de los Factores de Energía Primaria que tanto perjudican actualmente a los rendimientos de la Bomba de Calor en todos sus formatos y usos.

En definitiva, todo un mundo por descubrir.

Reglamento de EcoDiseño

El Reglamento (UE) 2024/1781 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles, se modifican la Directiva (UE) 2020/1828 y el Reglamento (UE) 2023/1542 y se deroga la Directiva 2009/125/CE, no dejará de evolucionar y periódicamente aportará modificaciones a los actuales Reglamentos de Diseño y Etiquetado.

Entre los más recientes:

  • Reglamento delegado (UE) 2023/2048 de la comisión de 4 de julio de 2023 por el que se modifican los Reglamentos Delegados (UE) n o 626/2011, (UE) 2019/2015, (UE) 2019/2016 y (UE) 2019/2018 en lo relativo a los requisitos de etiquetado energético de los acondicionadores de aire, las fuentes luminosas, los aparatos de refrigeración domésticos y los aparatos de refrigeración con función de venta directa
  • Reglamento (UE) 2024/1834 de la Comisión, de 3 de julio de 2024, por el que se desarrolla la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico para los ventiladores accionados por motores con una potencia eléctrica de entrada comprendida entre 125 W y 500 kW y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 327/2011 de la Comisión.

Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE)

Dejamos para el final el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios sufrirá modificaciones, muchas de ellas derivadas de los cambios en el RSIF. Recordemos que las instalaciones de climatización deben cumplir, antes que con RITE, con el RSIF. Por tanto, todas las modificaciones de este le afectan, aunque no modifiquen el cuerpo del Reglamento.

Además,  heredará las modificaciones de la FGas, EPBD, … , por lo tanto, será realmente el gran afectado. Casi se puede intuir que será un cambio por fases, no habrá una modificación completa.

De todas formas, sí que existen cambios que afectan a RITE en su forma de diseñar las instalaciones:

  • Ventilación de espacios: La inclusión de la UNE EN 16798-1, 3 y 17 implica que la forma de calcular las tasas de ventilación de los espacios ocupados, además de tomar la ocupación humana, tendrá en cuenta al edificio, sus elementos constructivos, acabados y mobiliario.
  • Mantenimientos e Inspecciones: En consonancia con los Reglamentos anteriormente citados
  • Generación de ACS: La EPBD y las actualizaciones de Factores de Energía Primaria cambiarán las especificaciones de las bombas de calor, las necesidades de los edificios y sus formas de diseño.

Compromiso con la Sostenibilidad y las Normativas

Para cumplir con las normativas vigentes y proponer soluciones que vayan más allá de las mismas, el fabricante de soluciones de climatización y refrigeración KEYTER lleva años investigando e innovando. La compañía tiene como misión diseñar y fabricar equipos de climatización eficientes y sostenibles, adaptados a las necesidades específicas de cada aplicación y cliente.

En este sentido, sus soluciones garantizan el cumplimiento total de las normativas más exigentes, como el Reglamento de EcoDiseño y la Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios; al tiempo que aportan valor adicional a través de la sostenibilidad y la eficiencia energética y contribuyen a la descarbonización del sector, alineándose así a las tendencias del futuro.

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