Para espacios no dedicados a ocupación humana permanente, se aplicarán los valores de la tabla 1.4.2.4.
Tabla 1.4.2.4 Caudales de aire exterior por unidad de superficie de locales no dedicados a ocupación humana permanente.
Categoría IDA 1: No aplicable
Categoría IDA 2: 0,83 dm3/(sm2)
Categoría IDA 3: 0,55 dm3/(sm2)
Categoría IDA 4: 0,28 dm3/(sm2)
(RITE 2022)